Cómo darse de alta como autónomo paso a paso (guía completa)

Para darte de alta como autónomo necesitas dos trámites gratuitos y online: el modelo 036 en Hacienda y el alta en el RETA en la Seguridad Social (portal Import@ss). Los dos deben estar hechos antes de empezar a trabajar y con la misma fecha de inicio. Con certificado digital o Cl@ve se completan en una tarde.

Qué necesitas antes de empezar

Reúne esto antes de abrir ningún formulario. Te evita dejar un trámite a medias.

  • DNI o NIE en vigor. Con un documento caducado no podrás terminar el alta.
  • Número de la Seguridad Social. Lo tienes si has trabajado antes por cuenta ajena. Si no, hay que pedirlo primero.
  • Un sistema de identificación digital: certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico. El certificado es el más cómodo porque sirve en todas las administraciones. → Enlace interno: Certificado digital para autónomos (art. 70).
  • Una cuenta bancaria para domiciliar la cuota.
  • La fecha exacta de inicio. Es el día en que empiezas a trabajar, no el día de tu primera factura. Usarás la misma en Hacienda y en la Seguridad Social.
  • Una previsión de ingresos y gastos del primer año. La Seguridad Social te la pedirá para asignarte tramo.

Tres decisiones que conviene tener tomadas

  • Dónde trabajas. Tu casa o un local. Determina tu domicilio fiscal y algunos gastos deducibles.
  • Si tu actividad lleva IVA. La mayoría sí. Enseñanza y sanidad, entre otras, pueden estar exentas.
  • Si de verdad te toca darte de alta ya. Desde el día del alta pagas cuota, factures o no. Lo sensato es darse de alta con el primer cliente confirmado. → Enlace interno: Se puede facturar sin ser autónomo (art. 8).

Paso 1. Elige tu epígrafe del IAE y tu código CNAE

El epígrafe del IAE es el código con el que Hacienda clasifica tu actividad. De él dependen tu régimen de IVA y si tus facturas llevan retención de IRPF. Elegirlo es obligatorio, aunque casi ningún autónomo paga el impuesto: están exentos quienes facturan menos de un millón de euros.

Los epígrafes se dividen en tres grupos:

  • Empresariales: comercio, hostelería, talleres, tiendas online.
  • Profesionales: servicios que prestas tú personalmente, como diseño, programación, consultoría o abogacía.
  • Artísticas: actuación y creación artística.

Tres reglas para acertar:

  1. Busca en el listado oficial de la Agencia Tributaria, no copies el epígrafe de un conocido.
  2. Elige el más específico que describa lo que haces. Los genéricos tipo «otros servicios» son el último recurso.
  3. Si haces dos actividades distintas, declara las dos. No hay límite de epígrafes y añadirlos es gratis.

La Seguridad Social usa otra clasificación, el CNAE. Te lo pedirá en el paso 3 y debe corresponder a la misma actividad. Desde 2025 la tabla vigente es la CNAE-2025.

→ Enlace interno: Qué epígrafe del IAE elegir según tu actividad (art. 4).

Paso 2. Date de alta en Hacienda con el modelo 036

El modelo 036 es la declaración con la que te inscribes en el censo de empresarios y profesionales. No es un impuesto y no se paga nada al presentarlo. Solo informas de quién eres, qué haces y qué impuestos vas a declarar.

El modelo 037 ya no existe. La versión simplificada se eliminó en 2025 y hoy todas las altas se hacen con el 036. Si lees una guía que te manda al 037, está desactualizada.

Qué vas a declarar

  • Tus datos y tu domicilio fiscal. Si trabajas desde casa, tu vivienda.
  • Tu actividad: epígrafe del IAE, fecha de inicio y lugar donde la ejerces.
  • Tu régimen de IVA. Lo habitual es el régimen general, con el modelo 303 cada trimestre. Si tu actividad está exenta, se indica aquí.
  • Tu régimen de IRPF. Lo habitual es la estimación directa simplificada: pagas por ingresos menos gastos.
  • Si vas a practicar retenciones, por ejemplo porque alquilas un local o vas a contratar.
  • Si vas a trabajar con clientes de otros países de la UE. En ese caso se solicita el alta en el registro de operadores intracomunitarios (ROI).

Cómo presentarlo

  1. Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y busca «modelo 036».
  2. Identifícate con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico.
  3. Rellena el formulario. Va mostrando solo los apartados que te afectan.
  4. Revisa la fecha de inicio y el epígrafe antes de enviar.
  5. Descarga y guarda el justificante.

Plazo

El 036 se presenta antes de iniciar la actividad. Presentarlo tarde se sanciona con una multa fija, de hasta 200 €. Si ya has empezado a trabajar, declara la fecha real: una fecha falsa sale más cara que la multa.

→ Enlace interno: Modelo 036: cómo rellenarlo para darse de alta en Hacienda (art. 3).

Paso 3. Date de alta en la Seguridad Social (RETA)

El RETA es el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Este alta es la que activa tu cuota mensual y tu cobertura: baja médica, maternidad o paternidad, jubilación. Sin ella no puedes trabajar legalmente, aunque ya estés de alta en Hacienda.

Se tramita en Import@ss, el portal de la Tesorería General de la Seguridad Social, o en su app.

Qué te va a pedir

  • Fecha de inicio. La misma que pusiste en el modelo 036.
  • Actividad: el código CNAE y el epígrafe del IAE.
  • Rendimientos netos previstos. Tu estimación de lo que vas a ganar al mes. De ella sale tu tramo y tu base de cotización.
  • Mutua colaboradora. Es obligatorio elegir una. Gestiona tus bajas y accidentes de trabajo. Las coberturas son las mismas en todas.
  • Cuenta bancaria para domiciliar la cuota.
  • Bonificaciones. Aquí se solicita la tarifa plana. Lo vemos en el paso 4.

Plazo

Puedes solicitar el alta hasta 60 días antes de la fecha de inicio, y nunca después de empezar. Un alta fuera de plazo puede suponer recargos y la pérdida de la tarifa plana.

Cuánto pagarás el primer mes

En tu primera alta pagas solo los días que estés de alta ese mes. Si empiezas el día 15, pagas medio mes. La cuota se carga en tu cuenta el último día hábil de cada mes.

Paso 4. Pide la tarifa plana y elige tu base de cotización

La tarifa plana reduce tu cuota a 80 € al mes durante los 12 primeros meses, ganes lo que ganes. Se solicita en el mismo trámite de alta en Import@ss. No se concede de oficio: si no la pides al darte de alta, lo normal es perderla.

En la práctica el recibo ronda los 88 €, porque a los 80 € se suma el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).

Requisitos de la tarifa plana

  • No haber estado de alta como autónomo en los 2 años anteriores. Son 3 años si ya disfrutaste antes de la tarifa plana.
  • No tener deudas con la Seguridad Social ni con Hacienda.
  • No ser autónomo colaborador (familiar). Los societarios sí pueden pedirla.

Comprueba las deudas antes del alta. Una multa antigua de pocos euros basta para que te la denieguen.

Qué pasa el segundo año

Puedes prorrogarla 12 meses más si prevés que tus rendimientos netos quedarán por debajo del salario mínimo. La prórroga se pide en Import@ss antes de que termine el primer año. Si no la pides o no cumples, pasas a pagar por tramos.

Las personas con discapacidad del 33 % o más, víctimas de violencia de género o de terrorismo tienen 24 meses iniciales de tarifa plana.

La cuota cuando no hay tarifa plana

Pagas según tus rendimientos netos previstos. En 2026 hay 15 tramos y las cuotas siguen congeladas respecto a 2025. Estos son cinco de referencia:

Rendimiento neto al mesCuota mínima al mes
Hasta 670 €205,88 €
De 900 a 1.166,70 €267,65 €
De 1.166,70 a 1.300 €299,56 €
De 1.700 a 1.850 €360,29 €
De 2.330 a 2.760 €427,21 €

La cuota es provisional. Cada año la Seguridad Social la compara con lo que has ganado de verdad y te devuelve o te reclama la diferencia.

→ Enlaces internos: Tarifa plana de autónomos de 80 € (art. 12) · Cuota de autónomos: tabla de tramos (art. 11) · Cuota cero por comunidades (art. 16).

Cuota cero: mira si tu comunidad la ofrece

Varias comunidades autónomas subvencionan la tarifa plana, de modo que el primer año sale casi gratis. Es una ayuda autonómica, con convocatoria y plazos propios, y se pide aparte del alta.

Paso 5. Qué hacer justo después del alta

Con las dos altas hechas ya puedes facturar. Estas son las obligaciones que empiezan ese mismo día.

Comprueba que todo ha quedado bien

  • Guarda el justificante del modelo 036 y la resolución de alta en el RETA.
  • Revisa en la resolución que la tarifa plana aparece concedida.
  • Mira tu primer recibo. Si es de más de 200 € y esperabas unos 88 €, reclama cuanto antes.

Empieza a facturar bien

Cada factura lleva número correlativo, fecha, tus datos y los del cliente, descripción, base imponible, IVA y, si eres profesional y facturas a empresas u otros autónomos, retención de IRPF.

La retención general es del 15 %. Los nuevos profesionales pueden aplicar el 7 % durante el año de alta y los dos siguientes.

→ Enlaces internos: Cómo hacer una factura como autónomo (art. 41) · Retención de IRPF: 15 % o 7 % (art. 32).

Lleva tus libros de registro

Hacienda exige libros de facturas emitidas, facturas recibidas y bienes de inversión. Una hoja de cálculo ordenada o un programa de facturación sirven.

Apunta tus primeros impuestos

En el régimen habitual presentas cada trimestre el modelo 303 (IVA) y el modelo 130 (pago a cuenta del IRPF). Los plazos son del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero. Se presentan aunque el trimestre haya sido flojo.

→ Enlaces internos: Modelo 303 casilla a casilla (art. 21) · Modelo 130 (art. 31) · Autónomos que no tienen que presentar el modelo 130 (art. 37).

Ten en el radar Verifactu

Desde el 1 de julio de 2027 los autónomos que facturen con un programa informático deberán usar uno adaptado a Verifactu. Si vas a elegir herramienta ahora, que ya sea compatible.

→ Enlace interno: Verifactu para autónomos (art. 42).

Si abres un local

Un local abierto al público puede necesitar licencia municipal y comunicación de apertura del centro de trabajo. Pregunta en tu ayuntamiento antes de firmar el alquiler. Si trabajas desde casa en una actividad de oficina, normalmente no aplica.

Ejemplo: el alta de Lucía, diseñadora gráfica

Lucía vive en Valencia, nunca ha sido autónoma y tiene un primer cliente que empieza el 1 de noviembre de 2026. Prevé facturar 2.200 € al mes y gastar 300 €.

Sus trámites

  1. El 20 de octubre presenta el modelo 036: actividad profesional, IVA en régimen general, IRPF en estimación directa simplificada, inicio el 1 de noviembre.
  2. Ese mismo día tramita el alta en el RETA en Import@ss con fecha 1 de noviembre, elige mutua y solicita la tarifa plana.

Su cuota

  • Rendimiento neto previsto: 2.200 € − 300 € = 1.900 €. La Seguridad Social resta un 7 % por gastos genéricos: 1.767 € al mes.
  • Sin tarifa plana le tocaría el tramo de 1.700 a 1.850 €: 360,29 € al mes como mínimo.
  • Con tarifa plana paga unos 88 € al mes. Ahorra unos 272 € al mes, cerca de 3.260 € en el primer año.

Su primera factura

ConceptoImporte
Base imponible1.000,00 €
IVA 21 %+ 210,00 €
Retención IRPF 7 %− 70,00 €
Total a cobrar1.140,00 €

Los 210 € de IVA no son suyos: los ingresará en el modelo 303. Los 70 € retenidos los adelanta su cliente a Hacienda a cuenta de la renta de Lucía.

Su primer vencimiento

Del 1 al 30 de enero de 2027 presenta el modelo 303 del cuarto trimestre, con las facturas de noviembre y diciembre. Del modelo 130 puede quedar exenta si más del 70 % de su facturación lleva retención.

Tabla resumen del alta

TrámiteDóndeCuándoCoste
Identificación digitalFNMT o Cl@veAntes de todoGratis
Modelo 036Sede de la Agencia TributariaAntes de iniciar la actividadGratis
Alta en el RETAImport@ssHasta 60 días antes del inicioGratis
Tarifa planaImport@ss, dentro del altaEn el mismo momento del alta80 € al mes + MEI
Cuota ceroTu comunidad autónomaSegún convocatoriaSubvención
Modelos 303 y 130Sede de la Agencia TributariaAbril, julio, octubre y eneroSegún resultado

Errores frecuentes al darse de alta

  • No solicitar la tarifa plana en el alta. Es el error más caro: más de 1.000 € en el primer año.
  • Poner fechas distintas en Hacienda y en la Seguridad Social. Las dos administraciones cruzan datos.
  • Darse de alta después de empezar. Hay sanción en Hacienda y riesgo de perder la bonificación.
  • Elegir un epígrafe a ojo. Un epígrafe equivocado te hace facturar mal el IVA o la retención durante meses.
  • Tener una deuda pendiente con Hacienda o la Seguridad Social, por pequeña que sea.
  • Darse de alta sin clientes. La cuota corre desde el primer día y gastas meses de tarifa plana sin ingresos.
  • No guardar los justificantes. Son tu única prueba si el primer recibo llega mal.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta darse de alta como autónomo?

Nada. Ni el modelo 036 ni el alta en el RETA tienen tasa. Lo que pagas es la cuota mensual: 80 € más MEI con tarifa plana, o desde 205,88 € sin ella.

¿Qué va primero, Hacienda o la Seguridad Social?

Lo habitual es presentar primero el modelo 036 y después el alta en el RETA. Lo importante es que las dos estén hechas antes de empezar y con la misma fecha.

¿Cuánto se tarda?

Con identificación digital, una o dos horas entre los dos trámites. Sin ella, cuenta varios días para conseguir el certificado o la Cl@ve.

¿Puedo darme de alta por internet sin certificado digital?

Sí, con Cl@ve o DNI electrónico. Si no tienes ninguno, puedes pedir cita presencial en Hacienda y en la Seguridad Social, pero el proceso se alarga.

¿Tengo que darme de alta si voy a ganar muy poco?

La obligación depende de que la actividad sea habitual, no de una cifra de ingresos. Es una de las dudas con más matices. → Enlace interno: Se puede facturar sin ser autónomo (art. 8).

¿Puedo darme de alta cobrando el paro?

Sí. Puedes compatibilizarlo durante un tiempo o capitalizarlo para invertirlo en tu negocio. → Enlaces internos: Darse de alta cobrando el paro (art. 5) · Capitalizar el paro (art. 6).

¿Y si ya trabajo por cuenta ajena?

Puedes ser autónomo y asalariado a la vez. Se llama pluriactividad y tiene sus propias reglas de cotización. → Enlace interno: Pluriactividad (art. 17).

¿Puedo darme de alta solo unos meses?

Sí. Te das de baja cuando termines y dejas de pagar cuota. Ten en cuenta que para volver a la tarifa plana tendrán que pasar varios años. → Enlace interno: Darse de alta como autónomo solo unos meses (art. 10).

¿Necesito una gestoría para darme de alta?

No es obligatoria. Compensa si tu actividad tiene dudas de IVA, varios epígrafes o clientes extranjeros. → Enlace interno: Gestoría o hacerlo tú mismo (art. 65).

Herramienta recomendada

Tu primera factura llega a los pocos días del alta. Elige ya un programa de facturación que numere, calcule IVA y retención, y esté adaptado a Verifactu. Te ahorras migrar en 2027.

→ Enlace a la comparativa: Mejores programas de facturación para autónomos compatibles con Verifactu (art. 61).

Te toca ahora

  • Si aún estás decidiendo: Cuánto cuesta ser autónomo al mes: todos los gastos reales (art. 2).
  • Si ya tienes fecha: Modelo 036: cómo rellenarlo para darse de alta en Hacienda (art. 3).
  • Si ya estás de alta: Cómo hacer una factura como autónomo: requisitos y ejemplo (art. 41).

Fuentes

Última revisión: 6 de octubre de 2026. Este contenido es informativo

Fuentes oficiales para enlazar en el artículo

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